miércoles, 27 de marzo de 2019



RECONOCIMIENTO DEL DESARROLLO SINDICAL EN COLOMBIA.
Las organizaciones sindicales están reconocidas en el código sustantivo del trabajo, el cual fue modificado por la ley 584 del 13 de junio de 2000. El artículo 353 del código reglamenta el derecho de asociarse libremente de acuerdo con el artículo 39 de la constitución política, con el fin de que los empleados y empleadores puedan defender sus utilidades creando asociaciones o sindicatos para defenderse entre sí. Estos de igual manera están sometidos a cumplir con sus deberes y concertar en ejercicio de sus derechos, sometidos a la inspección y vigilancia del gobierno.

Los sindicatos se pueden dividir en tres clases las cuales son: de base o empresa, de industria y gremiales, en la primera se encuentran trabajadores que ejercen diferentes labores dentro de la misma organización, en la segunda división se encuentran los sindicatos de industria los cuales son conformados por empleados de diferentes empresas de la misma industria y por ultimo encontramos los sindicatos gremiales que son grupos de trabajadores de una misma profesión. Hay que tener en cuenta que en una empresa solo debe existir un solo sindicato, si en la organización encontramos que se están conformando sindicatos de base, de industria o gremiales, solo predominara la clase que mayor número de afiliados tenga. (trabajo, 2017)








martes, 26 de marzo de 2019



 CONTRATO SINDICAL EN COLOMBIA 

Existen tres formas de contratación laboral colectiva en Colombia, una de estas es el  contratación  sindical, definida en el Código Sustantivo delTrabajo en el artículo 2.2.2.1.16., como el que se celebra con uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales con el fin de realizar la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados. Tiene como objetivo, según lo ha concluido el Gobierno, que por medio del mismo los sindicatos puedan ser partícipes de ámbito de gestión en las empresas, en incentivación y adopción del trabajo colectivo y también, en la creación de empleo en el país.

Formas de contratación colectiva. El contrato sindical es una de las tres formas de contratación colectiva que hay en Colombia, junto con la convención colectiva de trabajo que se celebra con los trabajadores sindicalizados y el pacto colectivo con los trabajadores no sindicalizados.

FUNDAMENTO LEGAL.

Definición.
“El contrato sindical es el que celebran uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales para la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados”. Art 2.2.2.1.16.

OBJETIVO DEL CONTRATO SINDICAL.

De acuerdo con lo expresado por el gobierno, tiene como fin que los sindicatos puedan participar en la gestión de las empresas, en la promoción del trabajo colectivo y la generación de empleo.

Función sindical. Entre las funciones sindicales señaladas por el artículo 373, numeral 3 del CST, se encuentra la de “celebrar contratos sindicales, garantizar su cumplimiento por parte de sus afiliados y ejercer los derechos ya acciones que de ellos nazcan”.






https://www.youtube.com/watch?time_continue=32&v=2Ix8mj26B9I

Clases  de Sindicatos

SINDICATO DE EMPRESAS:
Es aquel que agrupa a trabajadores de una misma empresa.
SINDICATO DE INTEREMPRESA: 
Es aquel que agrupa a trabajadores de dos o más empleadores distintos.
SINDICATO DE TRABAJADORES  INDEPENDIENTES: 
Es aquel que agrupa a trabajadores que no dependen de empleador alguno.
SINDICATO DE TRABAJADORES EVENTUALES O TRANSITORIOS: 
Es aquel constituido por trabajadores que  realizan labores bajo dependencia o subordinación en periodos cíclicos o intermitentes.
SINDICATO DE OFICIO: 
Agrupación en un solo Sindicato de trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad, sin consideración de industria o empresa.

Según la página web (https://www.monografias.com/trabajos14/sindicato/sindicato.shtml)











lunes, 25 de marzo de 2019


EL DESARROLLO SINDICAL

Es una organización constituida por la clase obrera tanto del sector público como privado estos aparecen con las primeras fábricas y empresas en Colombia. Los sindicatos aparecen 1918 y 1920 como las primeras organizaciones sociales del país ejemplo de esto tenemos la sociedad de artesanos de Bogotá creado en 1847 con el objetivo del aumento de los impuestos aduaneros que les permitiera competir con sus productos en igualdad de condiciones con los importados.


http://www.mintrabajo.gov.co/normatividad/leyes-y-decretos-ley/codigo-sustantivo-del-trabajo

En Colombia los sindicatos se clasifican en 4 grupos según el Código sustantivo de trabajo en su Artículo 356 Sindicatos de trabajadores:

De empresa: 
Están formados por individuos de varias profesiones, oficios o especialidades, prestan sus servicios en una misma empresa, establecimiento o institución.









De industria o por rama de actividad económica: 
Están por individuos que prestan sus servicios en varias empresas de la misma industria o rama de actividad económica.
Gremiales: 
Están formados por individuo de una misma profesión, oficio o especialidad.





De oficios varios: 

Están formados por trabajadores de diversas profesiones, disimiles o inconexas. Estos últimos. Estos últimos solo pueden formarse en lugares donde no hay trabajadores de una misma actividad, profesión u oficio en un número mínimo requerido para formar uno gremial y solo mientras subsista esta circunstancia.

"Y cual es la situacion actual de los sindicatos en Colombia" Antes de iniciar con la entrada del Blog, quisiera aclarar que est...