martes, 26 de marzo de 2019



 CONTRATO SINDICAL EN COLOMBIA 

Existen tres formas de contratación laboral colectiva en Colombia, una de estas es el  contratación  sindical, definida en el Código Sustantivo delTrabajo en el artículo 2.2.2.1.16., como el que se celebra con uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales con el fin de realizar la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados. Tiene como objetivo, según lo ha concluido el Gobierno, que por medio del mismo los sindicatos puedan ser partícipes de ámbito de gestión en las empresas, en incentivación y adopción del trabajo colectivo y también, en la creación de empleo en el país.

Formas de contratación colectiva. El contrato sindical es una de las tres formas de contratación colectiva que hay en Colombia, junto con la convención colectiva de trabajo que se celebra con los trabajadores sindicalizados y el pacto colectivo con los trabajadores no sindicalizados.

FUNDAMENTO LEGAL.

Definición.
“El contrato sindical es el que celebran uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales para la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados”. Art 2.2.2.1.16.

OBJETIVO DEL CONTRATO SINDICAL.

De acuerdo con lo expresado por el gobierno, tiene como fin que los sindicatos puedan participar en la gestión de las empresas, en la promoción del trabajo colectivo y la generación de empleo.

Función sindical. Entre las funciones sindicales señaladas por el artículo 373, numeral 3 del CST, se encuentra la de “celebrar contratos sindicales, garantizar su cumplimiento por parte de sus afiliados y ejercer los derechos ya acciones que de ellos nazcan”.






https://www.youtube.com/watch?time_continue=32&v=2Ix8mj26B9I

Clases  de Sindicatos

SINDICATO DE EMPRESAS:
Es aquel que agrupa a trabajadores de una misma empresa.
SINDICATO DE INTEREMPRESA: 
Es aquel que agrupa a trabajadores de dos o más empleadores distintos.
SINDICATO DE TRABAJADORES  INDEPENDIENTES: 
Es aquel que agrupa a trabajadores que no dependen de empleador alguno.
SINDICATO DE TRABAJADORES EVENTUALES O TRANSITORIOS: 
Es aquel constituido por trabajadores que  realizan labores bajo dependencia o subordinación en periodos cíclicos o intermitentes.
SINDICATO DE OFICIO: 
Agrupación en un solo Sindicato de trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad, sin consideración de industria o empresa.

Según la página web (https://www.monografias.com/trabajos14/sindicato/sindicato.shtml)











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