CONTRATO SINDICAL EN COLOMBIA
Existen tres formas de contratación
laboral colectiva en Colombia, una de estas es el contratación sindical, definida en el Código Sustantivo delTrabajo en el artículo 2.2.2.1.16., como el que se celebra con uno o varios
sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales
con el fin de realizar la prestación de servicios o la ejecución de una obra
por medio de sus afiliados. Tiene como objetivo, según lo ha concluido el
Gobierno, que por medio del mismo los sindicatos puedan ser partícipes de
ámbito de gestión en las empresas, en incentivación y adopción del trabajo
colectivo y también, en la creación de empleo en el país.
Formas de contratación colectiva.
El contrato sindical es una de las tres formas de contratación colectiva que
hay en Colombia, junto con la convención colectiva de trabajo que se celebra
con los trabajadores sindicalizados y el pacto colectivo con los trabajadores
no sindicalizados.
FUNDAMENTO LEGAL.
Definición.
“El contrato sindical es el que celebran uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales para la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados”. Art 2.2.2.1.16.
“El contrato sindical es el que celebran uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales para la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados”. Art 2.2.2.1.16.
OBJETIVO DEL CONTRATO SINDICAL.
De acuerdo con lo expresado por
el gobierno, tiene como fin que los sindicatos puedan participar en la gestión
de las empresas, en la promoción del trabajo colectivo y la generación de
empleo.
Función sindical. Entre las
funciones sindicales señaladas por el artículo 373, numeral 3 del CST, se
encuentra la de “celebrar contratos sindicales, garantizar su cumplimiento por
parte de sus afiliados y ejercer los derechos ya acciones que de ellos nazcan”.
SINDICATO DE
EMPRESAS:
Es aquel que agrupa a trabajadores de una misma empresa.
Es aquel que agrupa a trabajadores de una misma empresa.
SINDICATO DE
INTEREMPRESA:
Es aquel que agrupa a trabajadores de dos o más empleadores distintos.
Es aquel que agrupa a trabajadores de dos o más empleadores distintos.
SINDICATO DE
TRABAJADORES INDEPENDIENTES:
Es aquel que agrupa a trabajadores que no dependen de empleador alguno.
Es aquel que agrupa a trabajadores que no dependen de empleador alguno.
SINDICATO DE
TRABAJADORES EVENTUALES O TRANSITORIOS:
Es aquel constituido por trabajadores que realizan labores bajo dependencia o subordinación en periodos cíclicos o intermitentes.
Es aquel constituido por trabajadores que realizan labores bajo dependencia o subordinación en periodos cíclicos o intermitentes.
SINDICATO DE OFICIO:
Agrupación en un solo Sindicato de trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad, sin consideración de industria o empresa.
Según la página web (https://www.monografias.com/trabajos14/sindicato/sindicato.shtml)
Agrupación en un solo Sindicato de trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad, sin consideración de industria o empresa.
Según la página web (https://www.monografias.com/trabajos14/sindicato/sindicato.shtml)
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